UAS organiza una mesa debate sobre la protección del espacio público por la Seguridad privada.
El pasado 29 de febrero, en el marco de SICUR2024, UAS, en su ánimo de “unificar criterios en Seguridad Privada” organizó una mesa de debate con la participación de la Policía Nacional, la Guardia Civil, la Ertzaintza y los Mossos d’ Esquadra.
En ella, se conversó sobre las siguientes premisas:
El espacio público es el lugar donde cualquier persona tiene derecho a estar y transitar por ser un espacio común. El espacio público puede ser abierto, como una plaza, o cerrado, como un hospital.
Gran parte de la vida diaria de los ciudadanos transcurre en el espacio público. El espacio público es donde se construyen las identidades de los distintos grupos de la sociedad, y también es donde tiene lugar la expresión de movimientos sociales.
Los ciudadanos ocupamos el espacio público con diferentes finalidades y garantizar el uso adecuado y seguro de dicho espacio es todo un reto.
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deben garantizar el libre ejercicio de derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, pero parece evidente que actualmente no tienen capacidad para dar respuesta por sí solas a las necesidades de seguridad.
A los representantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se les hizo las siguientes preguntas:
¿Qué papel juega actualmente la seguridad privada en la protección del espacio público?
¿Cree que la presencia de seguridad privada en espacio público refuerza la percepción de seguridad del ciudadano?
¿Considera que la seguridad privada en espacio público es el máximo exponente de complementariedad entre seguridad pública y seguridad privada? En este sentido, ¿consideran que la seguridad privada debería estar presente en las Juntas Locales de seguridad por su condición de actor en la garantía de la seguridad ciudadana?
A efectos de regular y autorizar servicios de seguridad privada en espacio público, ¿influye que dicho espacio sea cerrado (por ejemplo, un hospital) o sea abierto (por ejemplo, una calle)? Es decir, ¿la clave no está en la definición del espacio sino en si el servicio se presta en el interior de una instalación o en su exterior?
Teniendo en cuenta los retos de futuro que tendremos que afrontar, tales como el cambio demográfico (en dos o tres años el 78% de la población mundial vivirá en ciudades), los movimientos migratorios y políticos, la hiperconectividad del ciudadano (más información que nos hace más manipulables) y muy importante, la polarización de la sociedad y su influencia en la misma, ¿qué papel deberá tener la seguridad privada en la protección del espacio público?
El artículo 42 de la ley de seguridad privada regula la videovigilancia en espacio público, sin embargo, está pendiente de desarrollo reglamentario.
¿Cree que la videovigilancia con finalidad de seguridad privada debería ampliarse al espacio público y por lo tanto es necesario el desarrollo reglamentario del apartado 2 del artículo 42 LSP? ¿Qué aspectos debería tener en cuenta dicho desarrollo o en base a que principios?
La jornada despertó un gran interés entre los asistentes a la Feria.


